Colegio de Abogados de Lima pone al voto sanción contra Víctor Girao Alatrista

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(Aeronoticias).- El Consejo de Ética Profesional del Ilustre Colegio de Abogados de Lima que preside el jurista Abelardo Encinas Silva quien se desempeña además como Director de Ética Profesional y su colegiado los consejeros de ética llevo  a cabo  el miércoles 22 de Mayo a las 6 y 30 de la tarde la Audiencia de Vista de Causa Exp. N° 269-2012 en la denuncia interpuesta por el ciudadano loretano Pablo Castillo Bardales contra el denunciado Víctor Octavio Girao Alatrista. Esta vista de causa se lleva a cabo en cumplimiento del Art. 12° del Reglamento de Procedimiento Disciplinario.

Colegio de Abogados de Lima cita Audiencia para ver expulsión de Víctor Girao Alatrista

Dr. Abelardo Encinas Silva, Director de Ética Profesional

Jurista Angélica Sayán, candidata a la Defensoría del Pueblo, defiende este miércoles 22 ante el Consejo de Ética del CAL uno de los casos más importantes de derechos humanos en la abogacía peruana.

Pablo Castillo Bardales le imputa al abogado Víctor Octavio Girao Alatrista que éste en 1998 se le presentó en Iquitos con un carnet de abogado supuesta-mente expedido por el Dr. Vladimir Paz de La Barra entonces Decano del CAL (en esa fecha Víctor Girao era un simple estudiante de Derecho), y con este ardid Castillo Bardales dice: «que Girao le hizo firmar un Poder por Escritura Pública (VER PODER), para litigar y cobrar una indemnización por un accidente del helicóptero que sufrió un año antes», sin embargo el supuesto abogado, hizo de intermediario con el Estudio Morey Landrey LLP de Houston, Texas quienes consiguieron del fabricante del helicóptero U$ 137,500 para él y para el otro agraviado Carlos Sánchez Coello. Según transferencia bancaria (VER TRANSFERENCIA BANCARIA) que se quedó en manos de Víctor Girao en virtud de los Poderes por Escritura Pública que se hizo firmar 5 años antes cuando era un simple estudiante de Derecho y fungía de abogado.

Pasaron los años y las sucesivas quejas al Consejo de Ética del CAL fueron archivadas por caducidad, Pablo Castillo Bardales denunció a Víctor Girao por apropiación ilícita y el 2° Juzgado Penal de Lima lo condenó a 4 años de cárcel (VER VIDEO DE LECTURA DE SENTENCIA), sin embargo el Secretario del Juzgado Penal se las ingenió para redactar mal la Sentencia y condenarlo por apropiación ilícita y estafa cuando el Autoapertorio solo por apropiación ilícita agravada, de esta forma la Sala Penal anuló la Sentencia y se perdió otro año.

Cuando bajó el Expediente la 43° Fiscalía Penal pidió 5 años de cárcel (VER DICTAMEN FISCAL), el Juez llamó a lectura de Sentencia y el inculpado Girao dijo» que los hechos ocurrieron cuando el tenía más de 65 años», lo cual no es verdad y un cuestionado Juez le dio la Prescripción, que se ha apelado; mientras tanto desde el 8/11/11 al 8/11/12 el denunciado estaba sancionado disciplinaria-mente por el Colegio de Abogados de Lima en el ejercicio de la profesión de abogado, sin embargo siguió firmando como tal en el Proceso Penal que le sigue el denunciante Pablo Castillo Bardales incurriendo en presunto delito de ejercicio ilegal de la profesión por lo que se le denunció por esta grave falta ética en hechos que ocurrieron entre el 8/11/11 y 8/11/12 y que no han prescrito ni caducado.

En el Exp. N° 269-2012 Pablo Castillo Bardales ha ofrecido sólidos medios probatorios como la Certificación del Colegio de Abogados del Callao que prueba que Víctor Girao estaba impedido de ejercer la profesión desdel el 8/11/11 al 8/11/12, adjuntó además la Demanda de Amparo que Víctor Girao le interpuso al Tribunal de Honor del CAL el 30 de noviembre del 2011 Exp. N° 23553-2011 firmando como abogado habilitado estando inhabilitado en todo el territorio nacional, el Oficio del Procurador del Poder Judicial al Fiscal de La Nación que denuncia a Víctor Girao por ejercicio ilegal de la profesión, y el Acuerdo de la Junta Directiva del CAC que acuerda el procesamiento disciplinario de Víctor Girao Alatrista.

Debemos recordar que la 19° Fiscalía Provincial Penal de Lima denunció penalmente a Víctor Girao Alatrista (VER DENUNCIA) y el 22° Juzgado Penal de Lima le abrió instrucción penal imputándole el delito contra la Administración Pública-Usurpación de Autoridad, Títulos y Honores. (VER AUTOAPERTORIO DE INSTRUCCION).

Consideramos que este es uno de los casos más graves en la historia de los procedimientos disciplinarios en materia de Ética Profesional en los Colegios de Abogados, ya que nos permite conocer los antecedentes de un agremiado quien ya antes de ingresar al CAL tenía Estudio Jurídico propio, siendo un simple estudiante de derecho, que hacía las veces de Gerente, y se hacía dar Poder por Escritura Pública para poder cobrar las indemnizaciones de sus clientes y luego con el paso de los años se acogía a la Prescripción por tener más de 65 años y cuando fue suspendido por falta ética disciplinaria en el asesinato de una jovencita desde el 8-11-11 al 8-11-12 no acato la Resolución del CAL y sorprende al Colegio de Abogados del Callao CAC para seguir ejerciendo. Todo un caso ético que debe abrir el debate en las aulas universitarias de cuál es la radiografía ética que tenemos que hacer en nuestra sociedad juridica para erradicar conductas amorales como bien lo afirmara la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Callao que preside su Decano Dr. Nivardo Cano Rivera Acuerdo N°003-2012-CAC (VER ACUERDO) que dijo que Víctor Octavio  Girao Alatrista ha atentado con esta conducta con las normas de la moral, el Derecho y del Códigio de Ética Profesional y su Reglamento; por lo cual este Colegio Profesional tendría que sancionarlo además ya se terminó el procedimiento disciplinario sancionador Exp. N° 005-2012 de este Colegio profesional y antes de fin de mes se estaría publicando la sanción contra este cuestionado abogado.

Por último creemos que el Consejo de Ética debe evaluar la Sanción de Expulsión de este colegiado ya que su conducta es violatoria de derechos y libertades fundamentales, en su defensa ha pretendido ensuciar al ex Decano del CAC José Antonio Guizado Salcedo, actual miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del Callao, a quien le imputó que le permitió ejercer la profesión de abogado estando suspendido, es decir en flagrante delito a juicio del Procurador de Poder Judicial y del Ministerio Público, además ha tenido el descaro en la investigación del Ministerio Público de afirmar que un abogado sancionado por el CAL puede colegiarse en el Callao y seguir ejerciendo desconociendo que las sanciones disciplinarias de cualquier colegio profesional rigen en todo el territorio nacional, toda una joya de la Ética de la Abogacía peruana para ser estudiada por las nuevas generaciones de abogados.

 

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