Comisión de Constitución que preside Patricia Juárez quiere por reforma constitucional que CONFIEP recupere INDECOPI.

Pre-dictamen Anticonstitucional Juárez-Tudela viola el Art. 118 de la Constitución de cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados y leyes en materia de defensa de los derechos del Consumidor.

0
684

(Aeonoticias): El Proyecto de la Congresista Adriana Tudela de la Reforma Constitucional de Indecopi, está dirigido a que el Presidente de la República pierda su facultad Constitucional de nombrar con el Primer Ministro al Presidente de la Institución y a un Directivo alterno.

Históricamente todos los Presidentes de la República desde la fundación de INDECOPI, con los primeros Ministros ejercieron su facultad legal constitucional de nombrar al Presidente de Indecopi y a uno de sus miembros del Consejo Directivo. Los otros 3 los nombraba el Ministro de Economía, el Ministro de la Producción, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.

Los primeros Ministros y Presidentes de la República nombran a los Vocales y Comisionados de las Salas Resolutivas, es decir, a los Jueces del Mercado, pero cuando el actual Presidente de Indecopi, detectó que los principales grupos empresariales del país y sus Estudios Jurídicos fueron nombrados por 5 años por PPK en las Salas Resolutivas, exigiendo que terminen las puertas giratorias, la respuesta de estos grupos económicos privados fue el Proyecto de Ley de Adriana Tudela que garantiza que las empresas privadas continúen con el manejo de INDECOPI.

El Proyecto Tudela, busca que con efecto retroactivo, y violando la Constitución no se respeten los 5 años de nombramiento de la Resolución Suprema del actual Presidente de INDECOPI 2021-2026 y pretende que los grupos empresariales designen Miembros del Consejo Directivo que les protejan sus intereses económicos.

El Proyecto de Reforma Constitucional no cuestiona las puertas giratorias y los conflictos de interés que se han detectado hace más de 2 meses, e inclusive la Dra. Gladys Echáis como si no se diera cuenta, dice que eso es materia de la Ley Orgánica cuando sabe perfectamente que los Abogados de los principales Estudios Jurídicos son Jueces del mercado a la mañana y trabajan en sus estudios particulares por la tarde, y claro, todas las opiniones jurídicas sobre este Proyecto han sido a través de Abogados que defienden los intereses de las empresas privadas que pretenden recuperar el control de INDECOPI.

Los Congresistas de la República que votan a favor de este Proyecto de Reforma Constitucional están tratando de cercenar la facultad constitucional del Presidente de la Republica prevista en la Constitución y violando los derechos de los consumidores, se aseguran ahora, no solo que sus abogados de los Estudios Privados que defienden sus intereses, manejen las vocalías ahora quieren que también manejen el Consejo Directivo que se atrevió a defender la seguridad jurídica en defensa de los Derechos de los Consumidores.

Bajo la supuesta eficiencia del Organismo, buscando una autonomía Constitucional, lo que se esconde son los intereses privados de los grandes grupos de poder privado que no quieren perder el control de esta institución, ya que con el caso Bimbo se ha conocido que casi el 48% de los Consejeros y Vocales tienen conflicto de intereses con el sector privado, es decir trabajarían para el sector privado como también lo harían los Congresistas que promueven este Proyecto, pero claro Patricia Juárez, Adriana Tudela, Gladys Echáis y otros Congresistas que defienden estos intereses, y no al país parecen que no se dan cuenta, y con esta reforma constitucional se aseguran 2 cosas: 1) Cesar al actual Presidente de Indecopi, violando su mandato de 5 años, o interrumpir su gestión de 5 años por mandato de la Ley lograr que la CONFIEP controle además el Consejo Directivo porque las Salas estarían integradas por los Abogados de estos grupos económicos hasta en un 48% y como se ha planteado vocales a tiempo completo, estos grupos de Poder Económico no quieren perder el Control de Indecopi y esa es la verdadera razón de este Proyecto Anticonstitucional.

Por último, la recuperación de INDECOPI por parte de la CONFIEP en este Proyecto Tudela-Juárez le priva la Presidente Constitucional de la República de su facultad constitucional prevista en el Art. 118° ya que le cercena su derecho a elegir al Presidente de INDECOPI, en consecuencia no puede cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes, de libre competencia y de defensa de los derechos de los consumidores, propiedad intelectual, etc., lo que significaría que los Congresistas que defienden la CONFIEP incurrirían en Responsabilidad Constitucional, en agravio del pueblo peruano, al plantear Reformas Constitucionales contra la facultad Constitucional Presidente del República y del Primer Ministro en la designación del Presidente de INDECOPI.

https://es.scribd.com/document/540130793/Proyecto-de-la-Congresista-Adriana-Tudela-de-la-Reforma-Constitucional-de-Indecopi

Fuente: Plana Periodística

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here