(Aeronoticias): Los pasajeros llegarían a tener la oportunidad de transferir sus boletos de viaje aéreo hasta 24 horas antes de su vuelo, según una propuesta legislativa que se impulsa desde el Congreso.
Se trata del Proyecto de Ley 05562/2022-CR, propuesto por la congresista Martha Moyano (Fuerza Popular), que modifica los artículos 101 y 125 de la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú.
La iniciativa legislativa señala que el billete de pasaje puede ser transferido a otra persona por su titular sin costo alguno, siempre que las condiciones del contrato de transporte aéreo se mantengan iguales.
Además, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil deberá aplicar la penalidad establecida en la tabla de multas que apruebe por inejecución total o parcial del transporte de pasajeros.
El Poder Ejecutivo, a través de la Autoridad Aeronáutica Civil, adecuará la normativa reglamentaria y dictará las medidas correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto por la ley en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de su vigencia, en caso de que la iniciativa sea aprobada.
Según la exposición de motivos, el proyecto nace por una necesaria intervención del legislador frente a la problemática que existe en torno a las dificultades o imposibilidades que se le presenta a los pasajeros a la hora de querer o tener la necesidad de transferir a terceros pasajes aéreos comprados y pagados en su totalidad.
Asimismo, «se busca equilibrar la relación empresa-usuario frente a la posición de dominio que suele tener el agente económico respecto de los usuarios».
Por otra parte, se tiene como fin establecer el marco legal para resolver las controversias que se viene presentando entre empresas y usuarios respecto de la inejecución total o parcial del contrato.
«Si bien, pueden darse situaciones de cambios o reprogramaciones por caso fortuito o fuerza mayor, la mayoría de casos se debe a circunstancias de sobreventa de pasajes, retrasos en las salidas y llegadas de vuelos u cualquier otra situación de falta de previsión por parte de las empresas transportadoras», refiere la propuesta.
«Cualquiera fuese el caso, redunda de manera directa en los pasajeros con perjuicio en los diversos planes que pudieron haber tenido previsto; pero, también perjudica la prestación del servicio aéreo de pasajeros propiamente dicho que corresponde al Estado cautelar y fiscalizar», señala.
En ese sentido, se propone que la referida autoridad multe a las empresas operadoras como una forma de sancionar la falta de eficiente programación en los vuelos y a la vez «como una medida disuasiva a fin de evitar las constantes cancelaciones o modificaciones de itinerarios».
Fuente: notitransportes.com