(Aeronoticias).- Según el reglamento de la Ley de Consulta Previa, que se publicaría en estos días, los decretos de urgencia que dicte el Ejecutivo no se someterán a consulta entre las comunidades indígenas.
Cabe precisar que tampoco se incluirán en este proceso las normas de carácter tributario o presupuestario, indica el documento.
Sin embargo, si entrarán a consulta de las comunidades las medidas administrativas o iniciativas legislativas que faculten el inicio de actividades o proyectos, o que autoricen la firma de contratos, que puedan afectar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.