(Aeronoticias).- A través de un Decreto de Urgencia, el Gobierno modificó el cuestionado artículo que permitía el libre endoso, transferencia y postergación de los pasajes aéreos nacionales en el recientemente aprobado Código de Consumo.
La norma publicada ayer en el diario oficial El Peruano señala que “los derechos de endoso, transferencia y postergación se ejercerán siempre que sean parte de las condiciones pactadas con los consumidores”, es decir está condición estará sujeta al acuerdo entre cliente y empresa.
Asimismo, establece que las empresas prestadoras de servicios de transporte nacional deben cumplir con informar previamente y de manera clara las condiciones de los contratos para que los usuarios puedan hacer uso de estos derechos.
El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), Crisólogo Paredes, señaló al diario La República que hubiera sido mejor que el Ejecutivo derogue la norma porque se sigue dando preferencia a la empresa sobre el usuario.