INDECOPI protege a los consumidores frente a la publicidad engañosa

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(Aeronoticias).- En estos días de compras navideñas, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) viene realizando una campaña para lograr que la publicidad contenga la información necesaria para que los consumidores tomen buenas decisiones.

En ese sentido, el INDECOPI monitorea la publicidad difundida por las casas comerciales, las tiendas por departamentos, los supermercados y establecimientos de venta de electrodomésticos, verificando que las promociones de ventas informen de manera clara y destacada las condiciones y restricciones de acceso que les sean aplicables.

Por ejemplo, los anuncios que promocionen productos con precios de venta al crédito deben consignar el importe de la cuota inicial, el monto total de los intereses, la tasa de interés efectiva anual (TEA) del producto anunciado, así como el monto y detalle de cualquier cargo adicional.

Dicha publicidad también debe contener la tasa de costo efectivo anual (TCEA) que se asigna a la venta al crédito anunciada y el número de cuotas o pagos a realizar así como su periodicidad, si ello fuera aplicable al caso. Sin embargo, los anunciantes podrán difundir esta última información mediante un servicio gratuito de fácil acceso, indicando clara y expresamente en la publicidad la existencia de dicha información y las referencias de localización del citado servicio.

De igual forma, la publicidad de productos o servicios financieros de crédito que anuncien tasas de interés activa, monto o cuota, el proveedor debe consignar de manera clara y destacada la tasa de costo efectivo anual (TCEA) calculada para un año de trescientos sesenta (360) días.

Cuando se trate de publicidad de servicios de hospedaje, boletos aéreos y paquetes turísticos, se  debe informar claramente el importe total que tendrá que pagar el consumidor por los mismos; si el precio está en dólares, debe informarse también en nuevos soles, indicando el tipo de cambio.

El INDECOPI también verifica que las clases y categorías ofrecidas por los hoteles y establecimientos de hospedaje en su publicidad, correspondan realmente a las otorgadas por las autoridades competentes.

Cabe señalar que en la campaña de fin de año efectuada el 2011, se iniciaron 10 procedimientos de oficio (el doble de los casos iniciados en la campaña 2010) por publicidad difundida por casas comerciales, supermercados, restaurantes (fiestas de Año Nuevo) y agencias de viaje, siendo que la suma de las multas impuestas asciende a 45 UIT (S/. 164,250.00).

Los ciudadanos pueden solicitar información sobre este tema y presentar sus reclamos de manera gratuita ante el Servicio de Atención al Ciudadano – SAC del INDECOPI, escribiendo al correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe.

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