Día Internacional de la Música: Indecopi saluda a creadores musicales y destaca cuáles son los derechos de autor que los protegen

A la fecha el Indecopi ha registrado y protegido 5,796 obras musicales (fonogramas), mientras que en lo que va del 2022 se han registrado 236 fonogramas.

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(Aeronoticias): Al conmemorarse este 1 de octubre el Día Internacional de la Música, a iniciativa de la UNESCO, el Indecopi se suma a esta celebración resaltando el importante significado que tienen las industrias culturales que se generan alrededor del arte de la música, las cuales generan un impacto positivo en el desarrollo económico y cultural del país.

Desde la creación del Indecopi a la fecha se tienen registradas y protegidas 5,796 obras musicales (fonogramas) de diversos artistas, mientras que en lo que va del 2022 se han registrado 236 obras musicales (fonogramas).

Entre los artistas peruanos contemporáneos que cuentan con registros musicales protegidos ante la Dirección de Derecho de Autor (DDA) del Indecopi podemos destacar a Gianmarco Zignago (10 registros), Pedro Suárez-Vertiz (2 registros), Pelo D’Ambrosio (2 registros) y Eva Ayllón (1 registro).

En esa línea, la DDA del Indecopi extendió su saludo a los autores, compositores, artistas, intérpretes y ejecutantes en el ámbito musical, destacando cuáles son los derechos con los que cuentan los autores sobre su música y cómo pueden beneficiarse económicamente de sus creaciones, entre otros aspectos importantes.

Cabe recordar que se considera autor de una obra musical tanto la persona que escribe o crea la letra de la obra, así como la persona que compone la melodía de la misma. Además, es importante señalar que la ley reconoce dos tipos de derechos a los autores musicales sobre sus obras: los derechos morales y los derechos patrimoniales.

Entre los derechos morales destacan el derecho de paternidad, que es la facultad que tiene el autor de decidir si su obra musical deberá incluir su nombre como autor-compositor de la misma. También están los derechos de divulgación y el de integridad.

Mientras que, entre los derechos patrimoniales, el derecho patrimonial de reproducción brinda al autor la potestad de autorizar la fijación de su obra musical en cualquier soporte, así como cualquier reproducción posterior; el derecho de comunicación al público, que implica poner a disposición su obras para ser transmitidas por cualquier medio, entre otros.

Finalmente, con ocasión de esta importante celebración, el Indecopi pone al alcance de los músicos, autores, compositores, intérpretes, productores fonográficos y personas interesadas, diversos videos y guías interactivas destinadas a promover el conocimiento y fomentar el respeto de los derechos de autor, elaboradas como parte del Proyecto Peruano Suizo en Propiedad Intelectual (Pesipro): https://www.indecopi.gob.pe/en/pesipro-derechos-de-autor.

Fuente: Indecopi

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