El rol de la abogacía en el mundo moderno

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(Aeronoticias).- En un mundo en movimiento al abogado se le exige la preservación de sus valores esenciales en el desempeño de su función, como son la tolerancia en el litigio, el secreto profesional como deber y derecho en el ejercicio de la abogacía, la urbanidad en la relación con los demás sectores sociales, la formación humanística y respeto a la Persona Humana como principio fundamental de la profesión, la protección y defensa del sistema democrático y del estado de derecho, la defensa del derecho de defensa por los colegios profesionales para asegurar y garantizar la libertad e independencia del abogado.

Los valores referidos requiere resaltar la importancia de la deontología como garante de los derechos del justiciable ante la justicia, y afrontar una nueva visión del acceso al ejercicio profesional que diferencie, garantice y fortalezca no sólo la capacitación técnica sino también una correcta actitud del abogado frente a su cliente y frente a la sociedad, incrementando de ésta manera los principios éticos – deontológicos. destacándose para todo ello la función clave de los Colegios y Agrupaciones de Abogados.

¿Qué es la Responsabilidad Social de la Abogacía?

El concepto de Responsabilidad Social de la Abogacía (RSA), parte del de Responsabilidad Social Corporativa (RSC), pero debe ser adaptado en función del papel esencial que desarrollamos los abogados en la sociedad garantizando el acceso a la justicia y en virtud de la conexión de la profesión con este valor constitucional. Los abogados tenemos una responsabilidad hacia la sociedad en la que trabajamos y más como profesionales íntimamente relacionados con el valor constitucional de la Justicia, acostumbrados a resolver problemas complejos, negociar, mediar y liderar. La idea de fondo  es responder al imperativo de devolver a la sociedad parte de lo que los abogados recibimos de ella. El modo de hacerlo es actuar en bien de la sociedad sin dejar de ser abogados. Ejemplos de actividades que encajan en el concepto de RSA sería el trabajo pro bono, la acción social, la orientación jurídica, el buen gobierno corporativo, la formación, la promoción de la diversidad, la conciliación, la lucha contra la discriminación o las iniciativas solidarias o medioambientales.

La creación de un Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía en el Colegio de Abogados de Lima CAL, tendría por objeto atender a la responsabilidad social del Colegio y de los abogados. En cumplimento de su objetivo, el CRSA tiene como misión el fomentar la acción social y el voluntariado social con el fin de promover la mejora de los derechos y el acceso a la justicia y a la asistencia legal en aquellas comunidades más necesitadas, todo ello con pleno respeto a aquellas otras funciones de interés general que el Colegio tiene legal y estatutariamente encomendadas.

El CRSA llevaría a cabo sus fines a través de la promoción del trabajo pro bono así como de otros programas de acción social.

En España, la Responsabilidad Social de la Abogacía (RSA), es un término que cada vez se utiliza con mayor naturalidad entre los abogados, dentro de los despachos y colegios profesionales.

Son parte de la RSA, como lo son también la actividad de buen gobierno corporativo, las acciones de formación, las políticas de diversidad y conciliación, como la no discriminación, la eficiencia energética o las iniciativas solidarias. Muchos son los despachos que facilitan a sus trabajadores la realización de estas últimas acciones, a través de acuerdos con instituciones. El trabajo pro bono, en el ámbito de la abogacía, se refiere al asesoramiento jurídico prestado sin contraprestación económica, a modo de servicio público, para aquella población que no puede acceder a servicios jurídicos. También se puede canalizar el asesoramiento a través de asociaciones, allí jugaría un rol importante las Asociaciones Distritales de Abogados adscritas al CAL, conforme lo establece el  Art. 37º  de sus estatutos. Otra actividad más común dentro de la RSA es el voluntariado. Aquí confluyen dos voluntades: la del abogado que se dispone a entregar parte de su tiempo a colaborar en iniciativas de impacto social que no le serán remuneradas, y la voluntad del despacho en que trabaja – cuando así sea el caso – que pone los medios necesarios para que el voluntariado se pueda llevar a cabo. Esos medios puede ser tiempo, pero también puede ayudar a los abogados u otro personal del despacho a seleccionar la institución o la actividad más acorde. Son muchas las veces en que los profesionales quieren sentirse útiles para la sociedad y no les resulta nada fácil encontrar el entorno donde serlo.

La RSA se puede definir como el conjunto de obligaciones y compromisos legales y éticos, con los titulares de interés, derivados de los impactos que la existencia y actividad de los abogados producen en los ámbitos social, laboral, medioambiental y de los derechos humanos. De la definición se deduce que su contenido se extiende por multitud de entornos y que el número de recursos que se tenga no califica la actividad de más o menos social. Entonces, ¿quiénes pueden hacer RSA? Todos: todos los abogados, tanto los autónomos como los integrados en despachos como los abogados de empresa; el resto del personal de los despachos y de las asesorías jurídicas internas; los despachos de abogados como entidades jurídicas y las asociaciones o colegios en que se integran los abogados. Cada uno tiene un ámbito de actuación dónde aportar su visión de la RSA y todas son válidas en tanto que su intención sea buena y ayuden a reconectar la profesión con el valor de la justicia en cuyo marco se ha de desarrollar.

La RSA ha de ser siempre voluntaria y no regulada, no puede forzarse en ningún caso. No podemos olvidar que prácticamente la totalidad de la RSA reside en la voluntad e inquietudes de las personas que la desarrollen o, en el caso de despachos, en los socios que animen a su realización. Ello no es contradictorio para que desde los colegios profesionales, las administraciones o los propios despachos se cree un marco de fomento de todas estas actividades que son beneficiosas para los favorecidos directamente, para el sector, pero también para los profesionales y los despachos que las ponen en marcha. Entre los beneficios que se derivan de la aplicación de la RSA figuran: la reputación corporativa, el reconocimiento y fidelización de los clientes, la captación y retención de los profesionales, la organización interna reforzada por la aplicación de procedimientos de reducción de riesgos, el fortalecimiento de la reputación de la profesión…

La idea detrás de la RSA es que los abogados están llamados a ofrecer sus habilidades y conocimientos para mejorar sus sociedades, y así vivir a fondo el ideal de Justicia. No descubrimos nada nuevo si decimos que ejercer la profesión con ética y con una visión humanista y social de la actividad nos dará más posibilidades de cumplir su objetivo principal de manera continua y disfrutar de nuestro trabajo.
Aristóteles definía la justicia como la virtud ética más elevada, que busca el bienestar de la polis y la regulación de las relaciones humanas en el interior de la comunidad. Pero para que haya una regulación de las relaciones humanas, se necesita que los ciudadanos ejerciten  conjuntamente  la práctica de los valores, la honradez y la solidaridad.

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