ESPIONAJE CHILENO VIOLÓ LA SOBERANIA PERUANA

0
157
El reconocimiento por el derecho internacional de la soberanía de los Estados debe ser analizado en la relación que existe en el ejercicio del poder soberano y su sujeción al derecho internacional, expresó el presidente de la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial, CIJEDAE, Julián Palacín Fernández quien expresó que la CIJEDAE y el Instituto Peruano de Derecho Aéreo IPDA respaldan la posición del presidente de la República del Perú, Dr. Alan García Pérez quien calificó de una actividad repulsiva a estos actos de espionaje que deben ser considerados dijo Palacín como delitos contra el derecho internacional, ya que agravian no sólo al Estado afectado, sino a la Comunidad Internacional ya que quienes cometen estos delitos crean tensiones internacionales y a futuro pueden poner en riesgo la paz de los pueblos.

Existe consenso en la doctrina de derecho aéreo internacional de que los Estados como miembros integrantes de la comunidad internacional están sujetos al derecho internacional público que es el marco legal que los mismos deben respetar y que limitan su conducta, es más dijo que la jurisprudencia internacional ha rechazado permanentemente la tesis según la cual los Estados soberanos no están sujetos al derecho internacional.

ESPIONAJE CHILENO VIOLÓ LA SOBERANIA PERUANA

Consideramos que el espionaje chileno viene siendo una práctica estatal de este país en donde inclusive está probado que otras de las víctimas ha sido la República Argentina, por lo que se requiere una posición firme de la Comunidad Internacional frente a aquellos países que practican el delito de espionaje exhortando a la OEA que ponga en debate este tema.

El principio territorial sobre cuyas bases  se sitúan los Estados actuales han sido producto de una larga elaboración histórica en donde la validez del orden estatal se desarrolla dentro de las esferas de las competencias territoriales y el espionaje internacional es una clara vulneración al principio de inviolabilidad del territorio estatal que es uno de los principios jurídicos fundamentales del derecho internacional que está en la carta de la Organización de los Estados Americanos OEA, dijo Julián Palacín Fernández agregando que  el “territorio de un país es inviolable y que no puede ser objeto de ocupación militar, ni de otras medidas de fuerza, tomadas por otro Estado” y en este caso Chile, responsable de la financiación de la red de espías ha incurrido en responsabilidad internacional y debería ser sancionado.

Aeronoticias considera que Chile tendría responsabilidad internacional por el espionaje ilegal de conformidad a los principios y la doctrina de la jurisprudencia internacional y de la Corte Permanente de Justicia Internacional que en el caso de las reclamaciones británicas afirmó que “todos los derechos de carácter internacional implica responsabilidad internacional”.  Si la obligación en cuestión no se cumple la responsabilidad entraña el deber de reparar, debemos agregar que la responsabilidad internacional de los Estados está basada en un documento aprobado en 1973 por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, y respaldamos dentro de este contexto la sólida posición del Perú que a través del Presidente Alan García Pérez consideró como repulsivos estos actos delictivos de espionaje internacional que consideramos deben tener además sanción internacional contra un país llamado Chile que le ha faltado el respeto al Perú.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here