A través de la resolución 1800/2009 del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), se establece que conjuntamente con el DNI de formato libreta, se emita otro -con formato tarjeta- que será considerado «a todos los efectos Documento Nacional de Identidad, con excepción del ejercicio del derecho al voto» para el que deberá seguir utilizándose el documento tradicional.
La resolución, firmada por la titular de dicha entidad, Mora Arqueta, aprueba asimismo la nomenclatura, descripción y detalles de seguridad e inviolabilidad del nuevo DNI, cuya confección estará a cargo del Estado.
El RENAPER será confeccionará los nuevos documentos -en sus dos versiones- para todos los ciudadanos mayores de 16 años, argentinos nativos, por opción o naturalizados, y residentes extranjeros con radicación permanente.
En tanto que en el resto de los casos, se emitirá únicamente el DNI en formato libreta.
Según indica la resolución, el RENAPER utilizará los elementos técnicos «que considere más convenientes a fin de lograr mayor seguridad y eficiencia en las operatorias de captación de datos y archivos de los mismos».
Además, utilizará «tecnologías digitales en la identificación de los ciudadanos nacionales y extranjeros, como así también en la emisión del documento».
En la norma, se establece también el «carácter reservado o secreto» con exclusividad a las autoridades en relación a la información referida a aspectos y elementos de seguridad del nuevo DNI.