(Aeronoticias).- La Jueza Nancy Carmen Choquehuanca del 50° Juzgado Penal con Reos en Cárcel de Lima, aclaró que la información transmitida en diferentes medios de comunicación, sobre el levantamiento del secreto de las comunicaciones e interceptación telefónica de las procesadas Eva Bracamonte Fefer y Liliana Castro Manarelli, no es de responsabilidad de su Despacho.
La magistrada indicó que el Ministerio Público puso a disposición de su Despacho información como elemento de prueba en un sobre cerrado y lacrado, tal y conforme le entregara a la Fiscalía la Dirección Nacional Antidrogas (DIRANDRO), y que actualmente se conserva en ese estado en su Despacho Judicial.
Igualmente dijo que las transcripciones de las actas de dicha información se mantienen en estricta reserva en su Juzgado. Agregó que estas pruebas aún no han sido puestas a disposición de las partes.
Carmen Choquehuanca puntualizó que el levantamiento del secreto de las comunicaciones – interceptación telefónica solo atañe a los sujetos involucrados en el proceso; por lo tanto la información propalada en los programas televisivos del último domingo 17 de julio que pudiera tener relación con los encausados o terceras personas, tiene el carácter de extraoficial.
Asimismo precisó que su Juzgado no tiene conocimiento si la información periodística corresponde con el contenido de las pruebas que se encuentran en custodia en su Juzgado; por consiguiente, exigió a los medios de comunicación el más escrupuloso respeto al debido proceso.