(Aeronoticias).- Que las empresas de transporte aéreo impidan a sus usuarios endosar gratuitamente la titularidad de los boletos de transporte aéreo -salvo el coste de impresión de un ticket- o postergar el servicio en las condiciones pactadas -con 24 horas como máximo antes del vuelo- será prohibido.
Esto, según la Ley Nº 30046 dada por el Congreso a fines de mayo, y recientemente firmada por el presidente Humala, que alcanza a todo tipo de transporte -terrestre, aéreo o marítimo-.
Otro aspecto de la normativa apunta a que, durante viajes de trayectos múltiples, la empresa no podrá dejar sin efecto el servicio si el pasajero no pudo usar alguno de los trayectos.