CCL rechaza obligatoriedad de empresas para presentar estados financieros auditados

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(Aeronoticias).- La Cámara de Comercio de Lima afirma que apoya y respalda todas las medidas que contribuyan a fortalecer y modernizar el mercado de valores en el país. Sin embargo, obligar a las empresas que facturan más de 3,000 Unidades Impositivas Tributarias, es decir S/. 10.95 millones, y que no listan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL) a auditar sus estados financieros y difundirlos a través del portal web de la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) atentaría contra la competitividad empresarial, generaría sobrecostos y distorsionaría el mercado.

Como se recuerda, el artículo 5° de la Ley N° 29720, vigente desde junio del 2011, dispone esta obligación para las empresas que venden más de 3,000 UIT.

Para la CCL, la realización de auditorías externas a los estados financieros debe ser de carácter voluntario para las empresas que no cotizan en BVL. La obligatoriedad de auditar los estados financieros atenta contra la libertad de las empresas, genera obligaciones inaceptables, sobrecostos innecesarios y afectaría la sana competencia.

Esta disposición que afectaría a más de 5,000 empresas formales obliga a que sufraguen entre US$ 5,000 a US$ 20,000 anuales para cumplir con la auditoría. Además, de no cumplir con presentar dichos estados auditados, las empresas podrían recibir multas que oscilan entre 1 y 25 UIT (S/.91, 250).

Asimismo, la CCL señala que la divulgación de la información reservada de las empresas y sus accionistas puede vulnerar la seguridad jurídica y personal de socios, directivos y funcionarios, además de incentivar maniobras especulativas, generando distorsiones en el mercado.

Proyecto de Ley
La Cámara de Comercio de Lima refiere que la Comisión de Economía del Congreso de la República ya ha emitido un dictamen favorable para derogar la obligatoriedad de que las empresas que no listan en bolsa presenten sus estados financieros auditados a la SMV.

En ese sentido, la CCL solicitó al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo derogar el artículo 5 de la Ley 29720 y de esa manera promover el desarrollo de la actividad empresarial en el país.

 

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