Comité Electoral del CAL declaró improcedente nulidad de proceso electoral del CAL

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(Aeronoticias).- El Tribunal Electoral del Colegio de Abogados de Lima expidió la Resolución Nº 082-2012/CAL-CE que declara improcedente el pedido de nulidad del proceso electoral promovido por la Dra. Greta Minaya Calle, el Dr. Víctor Miranda Gutiérrez, Dra. Angélica Sayan López conjuntamente con su personero legal Dr. Oswaldo Díaz Huertas.

Asimismo, declararon improcedente el pedido de tacha contra el candidato Raúl Chanamé Orbe, promovido por la Dra. Greta Minaya Calle, el Dr. Miranda Gutiérrez y la Dra. Angélica Sayan López, firman esta Resolución el Dr. Oscar Mendoza Toro Presidente del Comité Electoral del CAL y el secretario Dr. Juan Carlos Pardo Reyes,  Vocal Dr. José Atahualpa Burga.

Cabe agregar que al amparo del artículo séptimo del Reglamento de Elecciones 2012 concordante con el Art. 49 del Estatuto de la Orden las facultades del Comité Electoral son discrecionales y sus decisiones inapelables.

El día de hoy miércoles a las 10:00 am, en el auditorio José León Barandiarán se realizará en el Colegio de Abogados de Lima ubicado en la Av. Santa Cruz 255, Miraflores se dará un acto académico nacional convocado por el Dr. Julián Palacin Fernández, Presidente de la Comisión de Derecho Aeronáutico del Espacio y de la Aviación Comercial del Colegio de Abogados de Lima en homenaje al Decano Reelecto, Dr. Raúl Chanamé Orbe a las 12 del mediodía se dará una conferencia de prensa, luego se ofrecerá un brindis de honor.

Hacer clic para ver la resolución del Comite Electoral del CAL que declara improcedente el pedido de nulidad del proceso electoral del decanato.

Comité Electoral del CAL declaró improcedente nulidad de proceso electoral del CAL

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