Controladores europeos perjudican al transporte aéreo

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(Aeronoticias).- El comportamiento de los controladores de tránsito aéreo en Europa puede ser calificado como dañoso en perjuicio de la aviación civil internacional, expresó el presidente de la Comisión Interamericana de Juristas  Expertos en Derecho Aéreo y Espacial CIJEDAE, Julián Palacín Fernández.

Al respecto los problemas de los controladores aéreos que se vive en España por el acuerdo laboral que ha introducido AENA, es realmente preocupante en razón a que además de los retrasos en los vuelos se tiene que tener en cuenta que si bien el derecho de huelga por parte de los trabajadores de las empresas aéreas se encuentran reconocidos en los textos constitucionales y específicamente en el Art. 28 de la constitución española de 1998, que en el segundo de sus párrafos reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses, lo cierto es que la ley regula este derecho y establece las garantías precisas para el mantenimiento de los servicios públicos de transporte aéreo esenciales para la comunidad y especialmente para el mercado turístico nacional e internacional, expresó el especialista Julián Palacin Fernández presidente de la CIJEDAE.

 
 
Controladores europeos perjudican al transporte aereo

 

 
Asimismo, dijo que la propia constitución española establece en su Art. 19 que los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional y es por ello que tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley española establece y este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos, es por ello dijo Palacin que tenemos una colisión entre derechos constitucionales que necesitan ser armonizados entre si, de manera que sin desconocer ambos los pasajeros turistas, no se vean afectados, en este caso con el retraso en el transporte aéreo.

Destacó la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de España en relación con la huelga que afecta el transporte aéreo, en este caso con la actitud de los controladores de tránsito aéreo, refiriéndose que en la sentencia del 15 de marzo de 1990 se han establecido los siguientes principios.

a)    Los límites de los derechos de huelga, no son solo los derivados directamente de su acomodación con el ejercicio de otros derechos reconocidos y declarados igualmente por la Constitución, sino que también pueden consistir en otros bienes constitucionalmente protegidos y los límites del derecho de huelga derivan pues, no solo de su posible conexión con otros derechos constitucionales, sino también con otros bienes constitucionalmente protegidos como lo expresa el ilustre jurista español desaparecido Luis Tapia Salinas y el doctor Enrique Mapelli y López, presidente honorario del Instituto Iberoamericano de Derecho Aeronáutico, del Espacio y de la Aviación Comercial con sede en Madrid, España, dijo el Dr. Julián Palacin Fernández quien recomendó a la judicatura española revisen el libro de estos juristas “Ensayo para un diccionario de Derecho  Aeronáutico” publicado en 1991 por el Organismo Consultivo de Naciones Unidas, el Instituto Iberoamericano de Derecho Aeronáutico que ayudará a entender la jurisprudencia española en el derecho de huelga de los trabajadores en el transporte aéreo.

Cabe agregar que Eurocontrol, la organización intergubernamental de seguridad aérea formada por 38 estados, también señala al conflicto laboral de los controladores aéreos como causa de retrasos en las últimas semanas en España. En guerra abierta con el Gobierno, que acusa a estos profesionales de organizar sus bajas médicas como forma de protesta encubierta, el sector no ha encontrado un aliado en Eurocontrol.

Aeronoticias considera que también se tiene que evaluar los otros principios de la jurisprudencia constitucional española, como el derecho de los trabajadores a defender y promover sus intereses, la adopción de medidas que garanticen el mantenimiento de los servicios esenciales por parte de las autoridades de transporte aéreo y la proporcionalidad que a decir del jurista Julián Palacin Fernández debe originar sacrificios de los huelguistas para que no se afecte el transporte aéreo y no se perjudique a la economía de la aviación civil y a los pasajeros y turistas con los retrasos que originan estas huelgas del aire.

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