Ministerio de Transportes evalúa solicitud de LAP de no construir la segunda pista de aterrizaje del AIJCH

La Dirección de Concesiones del Ministerio de Transportes del Perú, analiza la Carta LAP-GRE-C-2020-0371 del 03/08/20 de Lima Airport Partners a OSITRAN, en donde invocan fuerza mayor para diferir o no construir la segunda pista de aterrizaje del AIJCH.

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Aeropuerto Internacional Jorge Chávez debería tener capacidad con una segunda pista, para atender a 50 millones de pasajeros

Por: Raymundo Hurtado Martínez

(Aeronoticias) Debemos recordar, que el concesionario del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH), Lima Airport Partners (LAP), el 03 de agosto del 2020 a través de su Gerente General, Sr. Juan Jose Salmón y con la firma de su Apoderada Milagros Montes Morote, se dirigió a OSITRAN con la Carta LAP-GRE-C-2020-0371, en donde por evento de fuerza mayor le solicita al regulador la suspensión de sus obligaciones.

La posición de LAP es que el Estado peruano le suspenda sus obligaciones establecidas en el Contrato de Concesión en el marco del evento de fuerza mayor (EFM).

LAP tuvo una reunión virtual el 21 de julio del 2020 con OSITRAN para esclarecer su posición de algunos temas relacionados con la pretendida suspensión de obligaciones, que estarían referidas en las Cartas del 16/03/20, 01/04/20, 27/04/20, 12/05/20, 09/06/20, 09/07/20 y 29/07/20.

LAP informa que ha presentado información complementaria y precisiones que amparan su solicitud de suspensión de obligaciones contractuales con el Estado peruano, documentos que presentó al concedente el MTC, con copia al regulador OSITRAN.


Con Carta LAP-GRE-C-2020-000266 del 01/04/20, informó al MTC sobre las principales actividades y obligaciones que quedaban suspendidas en el AIJCH como consecuencia del evento de fuerza mayor (EFM), así como el Estado de emergencia nacional (EEN), dictado por el Gobierno y las distintas normas que como consecuencia de tal situación ha emitido el Poder Ejecutivo.
Asimismo, LAP precisó que la suspensión indicada sería por el periodo que dure el EFM y el EEN, sin mencionar plazo específico por la incertidumbre que se tenía y se tiene por ambas situaciones, las cuales se mantienen a la fecha.

La posición de Lima Airport Partners (LAP) frente al Estado peruano.

LAP sostiene que las consecuencias del evento de fuerza mayor -COVID-19- se encuentran estipuladas en la Cláusula 13.4 del Contrato de Concesión y según interpretación unilateral de LAP -no del Estado peruano-, está clausula lo liberaría de responsabilidad por el incumplimiento o cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de la construcción de la segunda pista de aterrizaje del nuevo terminal y de la nueva Torre de Control, ya que dice LAP que “actuó diligentemente y tomó las precauciones y medidas razonables”.

Nosotros consideramos, que jurídicamente que LAP no ha actuado diligentemente porque el Estado peruano en la persona del Presidente de la República, Martín Vizcarra, le entregó a LAP el 100% de los terrenos para la construcción de la segunda pista del AIJCH el 14/10/2018, es decir, hace casi 2 años, en consecuencia, LAP tuvo el tiempo suficiente para construir las obras aeroportuarias dentro de un contexto en donde en el año 2018 y 2019 tuvieron 180 millones de dólares de utilidades netas, por lógica, pudieron reinvertir sus utilidades y no lo hicieron.
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Fuente: RPP

LAP tuvo 200 millones de dólares de utilidades 2018-2019, sin embargo, paralizó obras aeroportuarias.

LAP le pide al MTC postergación del pago de la retribución del 46.51% del CANON de la concesión y los pagos a CORPAC

Al respecto, dice LAP que la postergación de ambos pagos ayudará al concesionario a aliviar la liquidez y flujo de caja de la empresa que le permita sostener las operaciones y gastos corrientes actuales, que significan mantener un volumen de operaciones poco predecible y además marginales con los menores ingresos a percibir, considerando la reducción dramática del tráfico de aeronaves y de la demanda de pasajeros como consecuencia.
El concesionario no le explica al MTC las utilidades históricas que tuvo en la explotación del AIJCH y que se resumen en el siguiente cuadro:

Evaluación del Estado de Ganancias y Pérdidas de LAP (2001-2019)

El concesionario fundamenta que como hay reducción del tráfico aéreo de 23 millones de pasajeros al año, no sabemos a cuánto, pide un aplazamiento de sus obligaciones hasta diciembre del 2023, es decir aquí estaremos ante una subvención a favor del concesionario de unos 200 millones de dólares, sin embargo creo que el Estado debe contestarle a LAP que cuando firmó el Contrato de Concesión el 14/02/2001, el AIJCH tenía un tráfico de 4.5 millones de pasajeros y sus obligaciones eran las mismas, es decir, construir la segunda pista, el nuevo Terminal y la nueva Torre de Control, casi 20 años después no puede el concesionario pretender de exonerarse de sus obligaciones con el Estado peruano, en razón a que el Contrato primigenio, lo obliga.

LAP sostiene que en el caso de la retribución a CORPAC, el pago sería un trimestre de deuda y un trimestre regular (a partir del 2024); y, en el caso de CORPAC se haría un pago mensual a cuenta de la deuda y otro pago regular correspondiente al 50% del servicio de aterrizaje y despegue y el 20% del TUUA internacional (a partir del 2024), es decir, le pide una subvención al Estado de unos 100 millones de dólares.

Nos llama la atención, como LAP reconociendo ante el Estado peruano el incumplimiento del Contrato de Concesión le dice al regulador “adicionalmente, como es de conocimiento de vuestro Organismo, LAP se encuentra en plena gestión con bancos de primer nivel a fin de obtener un financiamiento puente de hasta 450 millones de dólares, que acorde con sus condiciones sólo puede ser utilizado para la construcción de la Torre de Control y de la segunda pista de aterrizaje que forman parte de las inversiones a ejecutarse en el marco del Proyecto de Ampliación del AIJCH – newLIM. Este diferimiento solicitado también le permitirá a LAP realizar las gestiones necesarias a fin de cumplir con el pago a los Acreedores Permitidos (Bancos), luego de vencido los 2 años de vigencia del citado préstamo”.

Es decir, LAP en 19 años ha solicitado al MTC siete (7) Adendas al Contrato y las obligaciones que debió cumplir desde el 2001 hasta el 2018, de acumular los fondos de sus utilidades o solicitar los préstamos a los bancos para cumplir sus obligaciones contractuales de la segunda pista, evidentemente no las ha cumplido porque a nuestro criterio no actuó diligentemente y del texto de las Adendas se percibe el comportamiento contractual de no querer cumplir con sus obligaciones.

Es decir, el Estado peruano concesionó el AIJCH a LAP como empresa prestadora de servicios aeroportuarios y esta conocía sus obligaciones en el 2001 y 20 años después ya no quiere cumplirlas, según se prueba con la Carta LAP GRE-C-2020-0371 a OSITRAN, no obstante, que ha tenido 569 millones de dólares de utilidades netas en estos años.

Julián Palacin: “Es inaceptable petición de LAP de incumplir el Contrato de Concesión en perjuicio del Perú”


LAP va más allá, le pide al regulador no solo la suspensión de obligaciones de efectuar el pago de la retribución y de CORPAC desde el año 2020 hasta diciembre del 2023, sino que le solicita además la suspensión de la obligación de cumplir con los niveles de servicio y de calidad por el plazo inicial de un (1) año y sujeto a la continuidad y/o extensión del EEN y/o continuidad del EFM y expresa que LAP hará los mejores esfuerzos, para que la experiencia de los pasajeros y usuarios en general del AIJCH sea lo mejor posible.

Nos llama la atención, que LAP le dice al regulador que actividades y obligaciones quedaron suspendidas y que a la fecha se vienen retomando de manera gradual y extraordinaria: la segunda pista y nuevo Terminal y luego se contradice porque afirma en la Cláusula 4.1 que de acuerdo a la Cláusula 5.23 anexo 6 y Adenda 7 al Contrato de Concesión, sobre la implementación de las mejores segunda pista y nuevo Terminal han quedado suspendidas y/o afectadas, es decir, primero dice que supuestamente se retomarán de manera gradual y extraordinaria y luego que las obras han quedado suspendidas y menciona el desarrollo y el avance del diseño, todas las actividades en el sitio relativas a los Early Works, todas las actividades en el sitio relativas al Paquete del Trabajo 1, todas las actividades en el sitio relativas a la Torre de Control, el desarrollo del proceso de Procura de los Paquetes de Trabajo 2.1 y 2.2 relativos al Lado Aire, el acercamiento al mercado para el proceso de Procura del Paquete de Trabajo 3 y el financiamiento para la totalidad del Programa de Ampliación, obligaciones contractuales que LAP debió cumplir del 2001 al 2018, ahora las incumple.

LAP no puede suspender la construcción de la segunda pista del Aeropuerto Jorge Chávez (AIJCH)

Más adelante LAP, le dice al regulador que no puede presentar un Proyecto viable económicamente, que algún banco esté dispuesto a financiar debido a que, el elemento esencial para acreditar la viabilidad del éste es la estimación de la demanda de pasajeros, que sustenta el modelo de negocio y afirma que ella depende de la delimitación de ingeniería y el diseño de referencia para que cumplan con las especificaciones técnicas exigidas en el nuevo Terminal (Anexo 14 en el Contrato de Concesión), por lo que dice LAP que
“mientras no se cuente con un estudio preciso en la demanda de pasajeros basado en información actualizada, ninguna entidad financiera va a aceptar y financiar el Proyecto”.

Foto Fuente: MTC – Firma del acta y entrega de terrenos para el inicio de las obras de ampliación del AIJCH


Perú necesita el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez para 50 millones de pasajeros en el 2030

El Contrato de Concesión del AIJCH fue firmado por el Estado peruano con un Consorcio alemán, que explotaba el Aeropuerto de Frankfurt y que tenía experiencia en materia de aeropuertos y LAP desde el 14/02/2001 al firmar el Contrato de Concesión, conocía sus obligaciones de invertir en la segunda pista, el nuevo Terminal y la nueva Torre de Control, recibió un aeropuerto con 4.5 millones de pasajeros por año y al 2019 el movimiento fue de 23 millones de pasajeros por año.

Sus inversiones fueron cosméticas y si se auditan por alguien que no sea “OSITRAN” no pasarían de los 200 millones de dólares y sus utilidades superaron los 560 millones de dólares en 18 años y ahora que la concesionaria LAP, tiene que cumplir sus obligaciones contractuales con el Estado peruano de construir la segunda pista de aterrizaje del AIJCH, que de acuerdo a dicho Contrato tenía que estar lista en el 2012, LAP no quiere cumplir amparándose en el problema sanitario del COVID-19, y no invertir en el Perú, siquiera una parte de las utilidades que tuvo entre el 2001 y 2019, afectando el futuro del turismo y creando a mediano plazo nuevamente cuando el tráfico se restablezca, problemas de congestión en el primer Terminal Aéreo el AIJCH.

Consideramos, que la Dirección de Concesiones del Ministerio de Transportes (MTC) que debe ser monitoreada por el Ministro de Transportes, Carlos Estremadoyro, responsable político, no debe aceptar las pretensiones de LAP en la Carta LAP-GRE-C-2020-0371 a OSITRAN, en la que pretende incumplir sus obligaciones contractuales con el Estado peruano, para de esta forma ya no construir la segunda pista de aterrizaje, el nuevo Terminal y la Torre de Control, creemos que ha llegado el momento de defender al Estado peruano y exigir a este concesionario LAP, cumpla sus obligaciones contractuales, de lo contrario se le debe resolver el Contrato y CORPAC deberá asumir la administración y explotación del AIJCH, como lo vino haciendo durante 40 años, el principio debe ser concesiones aeroportuarias privadas si siempre que cumplan con las obligaciones contractuales de las inversiones pactadas.

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