Piden que DGAC del Perú no incumpla su obligación de sancionar violación de seguridad de aeropuertos en secuestro aéreo

0
198
(Aeronoticias) El año 2010 fue para el Perú negativo en materia AVSEC y especialmente en seguridad de aeropuertos, ya que además de los accidentes e incidentes se produjo un secuestro aéreo de una aeronave Cessna Grand Caravan en el aeropuerto María Reiche de Nasca al sur de Lima, en donde ocho narcoterroristas con identidades clonadas y falsificadas burlaron los controles de seguridad de dicho aeropuerto, ingresando armas a bordo, y secuestrando el avión, cuyo costo es de dos millones cien mil dólares y que hasta la fecha no ha podido ser ubicado.

Poco se sabe de las acciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú al respecto, especialmente se ha cumplido con su obligación de conformidad al Convenio de La Haya de 1970, de informar la información que se posea al Consejo de la Organización de la Aviación Civil Internacional.

 
Piden que DGAC del Perú no incumpla su obligación de sancionar violación de seguridad de aeropuertos en secuestro aéreo
 Las enigmáticas Líneas de Nasca fueron testigo de un secuestro aéreo por inesguridad en el aeródromo María Reiche… sin embargo la DGAC del Perú hasta la fecha no aplicas sanción administrativa por las infracciones a la seguridad del aeropuerto
 
La responsabilidad por el riesgo aeroportuario de haber permitido que ingresen a bordo de dicha aeronave, personas con identidad clonada y portando armas es de la entidad responsable de la seguridad del aeródromo de Nasca, en este caso la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial CORPAC, quien tiene una póliza de seguros y reaseguros por más de doscientos millones de dólares para responder por el riesgo coberturado por el daño ocasionado a los propietarios de la aeronave.

Sin embargo, los reaseguradores de CORPAC se sienten muy cómodos porque la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú a cargo del Crnel. FAP (R) Ramón Gamarra Trujillo, seis meses y medio después de este acto de interferencia ilícita contra la seguridad de la aviación ocurrido en el territorio peruano, en donde existen probadas responsabilidades administrativas de la entidad encargada de la seguridad del aeródromo de Nasca no ha sometido a la Junta de Infracciones y Sanciones a CORPAC, como lo manda la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Ley de Seguridad de la Aviación y las regulaciones aeronáuticas del Perú, ya que de esta forma se está impidiendo que se conozca la verdad en relación a las infracciones aeronáuticas que originaron el secuestro aéreo y que no tienen absolutamente nada que ver con la investigación que lleva a cabo el fiscal del distrito de Vista Alegre.

En la esfera administrativa la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General del Perú, buscan “la potestad sancionadora administrativa del Estado Peruano en relación a la infracción aeronáutica”, cometida por acción u omisión de la entidad responsable de la seguridad del aeródromo de Nasca en este secuestro aéreo que la DGAC del Perú a través de su actual director general Ramón Gamarra Trujillo no quiere hacer efectiva, dentro de un contexto donde este funcionario público, el 28 de julio de 2011 tendría que poner su cargo a disposición con la asunción del nuevo gobierno que no merece se le deje esta actitud “no sancionatoria” administrativamente hablando en un hecho tan grave, ya que lo que se busca es que el reasegurador de CORPAC responda por los daños de acuerdo a un contrato de seguros registrado por esta entidad estatal en la DGAC del Perú.

Creemos que las direcciones generales de aeronáutica civil de los países tienen que tener buena brújula legal, ya que a veces los directores generales que no son expertos en derecho aéreo pierden la perspectiva precisamente por falta o insuficiencia en la asesoría legal, en este caso esperamos que esto no suceda ya que el Perú debe honrar sus normas vigentes para dar seguridad jurídica en la utilización y uso del espacio aéreo y en este caso estamos ante la litis de dos reaseguradoras extranjeras que  para ponerse de acuerdo en los pagos por el secuestro de una aeronave, simplemente esperan que el Estado Peruano a través de la autoridad de Aeronáutica Civil del Perú, la DGAC del MTC diga quien tuvo la responsabilidad por incumplir sus obligaciones de seguridad aeroportuaria en este secuestro aéreo en el que una aeronave turística fue abordada por pasajeros portando armas y con documentos falsos.

 
Cabe agregar que la DGAC del Perú es muy «efectiva» para sancionar al sector privado, en el último accidente en el aeródromo de Nasca ocurrido el 02 de octubre de 2010, en donde murieron 4 turistas ingleses, el piloto y el copiloto, cancelaron el permiso de operaciones, el AOC, y jurídicamente desaparecieron la pequeña aerolínea demostrando una actitud sancionatoria sin contemplaciones administrativamente hablando, sin embargo en este secuestro aéreo ocurrido meses antes «no se hacen absolutamente nada», no sancionan a nadie y por supuesto la fraglante violación a la seguridad aeroportuaria, 7 meses después sigue impune, lo que es realmente contradictorio y preocupante jurídiamente y aeropolíticamente hablando, es por ello que la Comisión Consultiva de Derecho Aeronáutico del ilustre Colegio de Abogados de Lima-CAL ya se pronunció respecto a la obligación de la DGAC de aplicar sanciones por las infracciones aeronáuticas que originaron este secuestro aéreo. Demos recordar que el CAL es la conciencia jurídica del país, lo integran 50,000 abogados, y el presidente de la referida comisión es un reconocido abogado, ex presidente de CORPAC, ex asesor del ministro de Transportes y del ministro de Relaciones Exteriores y en estos temas una autoridad jurídica que es consultada permanentemente por Aeronoticias.

 

 Aeronoticias considera que la DGAC del Perú debe demostrar que existe seguridad jurídica en el espacio aéreo peruano y someter a la Junta de Infracciones y Sanciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú del Ministerio de Transportes a quienes resulten responsables de incumplir sus obligaciones de seguridad aeroportuaria en este secuestro aéreo y la Comisión de Transportes del Congreso de la República también debe hacer su trabajo, ya que el hecho es grave, la aeronave secuestrada hoy está realizando ilícitas actividades para el narcotráfico y el terrorismo que azota nuestro país y aquí no pasa nada porque nuestras autoridades no ven, no oyen, no escuchan y tampoco sancionan administrativamente a quien tenía la obligación de impedir estos hechos.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here