(Aeronoticias).-El pedido para retirar los bloques de concreto y los efectivos policiales ubicados en los alrededores del exmercado mayorista La Parada, fue rechazado por la Cuarta Sala de Justicia de Lima. De esta manera el tribunal acogió la apelación que presentó la Municipalidad de Lima y deja sin efecto el hábeas corpus que emitió el controvertido juez Malzon Urbina, en primera instancia.
A través de un comunicado de prensa, la Corte Superior de Justicia de Lima señala:»El Colegiado revocó el extremo de la resolución de fecha 1 de abril del 2013 que declara fundada la demanda constitucional de Hábeas Corpus interpuesta por Ida Ávila Sedano, contra la alcaldesa de Lima, Susana Villarán de la Puente y Jerónimo Wilfredo Pedraza».
Cabe precisar que en su resolución el Colegiado declaró improcedente los pedidos planteados por la dirigente Ida Ávila Sedano sobre la presunta vulneración al debido proceso, el derecho de inviolabilidad de domicilio, la existencia de actos perturbatorios que impiden el ejercicio del comercio al interior del mercado y declararon infundado el petitorio en relación a la afectación al derecho a la libertad individual.
La Sala Penal confirmó la resolución de fecha 1 de abril del 2013 que declara infundada la demanda de Hábeas Corpus interpuesta por Ida Ávila Sedano contra Alberto Sánchez Aizcorbe, alcalde de la Municipalidad de La Victoria.