Colegio de Abogados del Callao expediría Resolución sancionatoria contra Víctor Girao

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(Aeronoticias).- Luego de un año de procedimiento disciplinario sancionador, el Consejo de Ética del Colegio de Abogados del Callao que preside el Dr. Smith Baltazar Otárola Benavides e integran los juristas Víctor Barreda Flores y Juan Eduardo Peña Figueroa tendrían que expedir en los próximos días la Resolución Exp. N°005-2012 contra el agremiado Víctor Octavio Girao Alatrista, acusado por la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Callao que preside el Dr. Francisco Cano Rivera por graves faltas graves a la Ética Profesional según Acuerdo de Junta Directiva N°003-2012/CAC del 24 de abril del 2012.

Según la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Callao «el abogado Víctor Girao» no obstante conocer que se encontraba sancionado con suspensión e inhabilitación en el ejercicio de  la profesión por el plazo de un año por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Lima según Resolución de fecha 15 de setiembre del 2011 expedida por el Tribunal de Honor, con el fin de evitar la sanción impuesta por el citado Colegio Profesional y continuar ejerciendo la abogacía como abogado hábil en el ejercicio de la profesión, reserva tal información y solicita su incorporación como agremiado ante el Ilustre Colegio de Abogados del Callao, logrando inscribirse con el Registro N°7591, con lo cual continúa ejerciendo la profesión, actitud con la cual desatiende el cumplimiento de la sanción impuesta, atentando de esta manera contra las normas de la moral, del derecho y del Colegio de Ética Profesional y su Reglamento. (VER RESOLUCIÓN DEL CAC).

El 29 de abril del 2013 se llevó a cabo los informes orales y 15 días después se tiene que firmar la Resolución Disciplinaria que deberá tener en cuenta no solo la violencia moral ejercida por este abogado contra la Sra. July García Paredes, madre de la joven asesinada Juliana Villacorta García a quien el abogado denunciado ha continuado difamando en Internet (VER ENLACE), sino que además de este agravante el abogado ha sido denunciado penalmente por la 19° Fiscalía Penal de Lima por el delito del ejercicio ilegal de la profesión: Denuncia N° 554-2012 (VER DENUNCIA) y el Juez Penal Hermilio Vigo Zevallos a cargo del 22° Juzgado Penal de Lima dictó el autoapertorio de instrucción el 11 de marzo del 2013 (VER AUTOAPERTORIO DE INSTRUCCIÓN).

La imputación criminosa del Juez Penal se sostiene en que el representante del Ministerio Público después de una exhaustiva investigación habría probado que el abogado denunciado ejerció como abogado habilitado Reg. CAC 3591 el 28 de mayo y el 31 de junio ante el 33°Juzgado Penal de Lima estando inhabilitado por el Colegio de Abogados de Lima por sanción disciplinaria que de acuerdo al Art. 53° del Código de Ética Profesional de los Colegios de Abogados del Perú rige en todo en todo el territorio nacional.

Quiso sorprender a la Policía del Ministerio Público

En la manifestación ante la Policía del Ministerio Público (VER MANIFESTACIÓN ANTE LA POLICÍA) el abogado denunciado sostuvo «que el Colegio de Abogados del Callao tenía conocimiento de que había sido sancionado por el Colegio de Abogados de Lima» lo que es una imputación muy grave en perjuicio de este gremio y de su ex Decano Jorge Guizado Salcedo, quien le manifestó a Aeronoticias que esta afirmación de Víctor Girao es otra de sus falsedades-nunca tuvimos conocimiento y nos sorprendió dijo ex Decano del CAC a Aeronoticias.

La Policía del Ministerio Público le hizo la siguiente pregunta para que aclare la sanción que le impuso el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima lo inhabilita también ejercer la profesión de la abogacía con la colegiatura del Colegio de Abogados del Callao y el procesado Girao dijo. » No me inhabilita porque de lo contrario el Colegio de Abogados del Callao, no me habría inscrito, es decir no hubiera podido colegiarme» y con esta afirmación viola gravemente el Art. 53° del Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú que dice: «Que las sanciones disciplinarias rigen en todo el territorio nacional»

Una perla más de Víctor Girao Alatrista en agravio de la SUNAT

Investigamos a Víctor Girao Alatrista y pudimos comprobar que se incorporó al Colegio de Abogados de Lima el 3 de julio del 2001 con Reg. CAC 7591, sin embargo según http.//www.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias, fundó el Estudio Girao RUC 20415006111 EL 31/8/98  del cual era su Gerente General siendo un simple estudiante de Derecho, teniendo a la fecha una deuda coactiva remitida a las centrales de riesgo. (VER DOCUMENTO).

Cambió su razón social a Bufete Girao y Asociados SAC.

El abogado denunciado por el Ministerio Público primero tiene baja de oficio  RUC 20415006111 y desactiva su Bufete dejando una cuantiosa deuda coactiva a la SUNAT y constituye otro Bufete Girao y Asociados SAC con RUC 20503745136 el 7 de febrero del 2002 e inscribe a nombre del Estudio Bufete Girao y Asociados SAC un automóvil Mercedes Benz color negro valorizado en 60,000 dólares, la pregunta que nos hacemos es ¿de dónde provino el dinero?

Transferencia de US$ 137,500 (dólares) recibidas por Víctor Girao ¿fue declarada a la SUNAT?

Dos clientes del abogado denunciado,lograron una indemnización de 137,500 dólares que les consiguió en los Estados Unidos el Estudio Morey Landrey LLP a Pablo Castillo Bardales y Carlos Sánchez Coello, este monto fue transferido por este Estudio norteamericano a través del SouthTrust Bank (VER DOCUMENTO), sin embargo el abogado denunciado se quedó con este monto según denunciaron al Poder Judicial y a la Dirección de Ética Profesional los agraviados y Girao en su defensa dijo: «que este monto eran sus honorarios profesionales» sin embargo la SUNAT tendrá que informar si fueron declarados o no por Víctor Girao Alatrista, ya que el 22 de mayo del 2013 se ventila en el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima una de las denuncias del agraviado Pablo Castillo Bardales contra Víctor Girao Alatrista Exp. N°269-2012 por habérsele apropiado de su indemnización y por ejercicio ilegal de la profesión.

 

 

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