Otorgan a Cielos Andinos permiso para operar transporte internacional no regular de carga a

0
474

La DGAC otorgó hoy a Transportes Aéreos Cielos Andinos el permiso para operar el servicio de transporte internacional no regular de carga aérea. El permiso es por cuatro años, contados a partir del día siguiente a la publicación de la norma en el diario oficial El Peruano.

De esta manera, Cielos Andinos podrá realizar el servicio internacional de aviación comercial de transporte aéreo no regular de carga, con derechos de cuarta y quinta libertad del aire en las siguientes zonas y/o puntos de operación:Buenos Aires (Argentina); Viru-Viru – Santa Cruz (Bolivia); Río de Janeiro, Manaos, Sao Paulo, Viracopos (Brasil).

Asimismo, Santiago de Chile (Chile); Bogotá, Cali, Leticia (Colombia); San José (Costa Rica); La Habana (Cuba); Quito, Guayaquil (Ecuador); Guatemala (Guatemala); México D.F. (México); Panamá (Panamá); Ciudad del Este, Asunción (Paraguay); San Juan (Puerto Rico); Santo Domingo (República Dominicana); Montevideo (Uruguay); Caracas, Maracaibo (Venezuela); y Miami, Los Ángeles, Houston (EE.UU.) conforme a los instrumentos internacionales vigentes y/o principio de reciprocidad.

Certificado de Explotador

También se establece que el permiso de operación otorgado tiene carácter administrativo, y que Cielos Andinos para realizar operaciones requiere el correspondiente Certificado de Explotador, así como las Especificaciones Técnicas de Operación, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económica-financiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil.

El permiso de operación otorgado a Cielos Andinos incluye el uso de material aeronáutico, caso de aviones Antonov AN-24; AN-26; AN-32; AN-72; al igual que Boeing 727; 737; 747; 757; 767; así como aviones Hércules L-100; HERCYKES l-130; Airbus A318; A319; A320; A321; y A340.Se establece también que la base de operaciones será el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (Lima) y como sub base de operaciones se considera al Aeropuerto Internacional de Miami (EE.UU.).

Naves deben estar provistas de Certificado de Matrícula vigente

La norma también precisa que las aeronaves autorizadas de Cielos Andinos deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matrícula vigente, expedido –de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la DGAC; y de la póliza o certificado de seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aérea.

Publicidad que detalle que se trata de código compartido

Asimismo se precisa que en los casos que Cielos Andinos realice publicidad y/o venta de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mención expresa de que se trata, según sea el caso, de vuelos de conexión, de código compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las características del servicio, el precio y las condiciones de venta.

Cielos Andinos también queda obligada a cumplir dentro de los plazos señalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la DGAC.La norma lleva la firma del jefe de la DGAC, Ernesto López Mareovich.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here