MTC del Perú no sanciona a responsables aeroportuarios de secuestro aéreo en Nasca

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(Aeronoticias).- El Ministro de Transportes y Comunicaciones del Perú, Enrique Cornejo Ramirez es responsable político de que en su sector, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú –DGAC- de conformidad a la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo, Art. 4 inciso 1.1., aplique el principio de legalidad en el procedimiento administrativo sancionador contra los responsables aeroportuarios de permitir el ingreso de armas a bordo de la aeronave Cessna Gran Caravan OB1922P de Aerodiana en un hecho de connotación internacional ocurrido el 10 de junio de 2010, en el aeródromo Maria Reiche de la ciudad de Nasca.
 
MTC del Perú no sanciona a responsables aeroportuarios de secuestro aéreo en Nasca

 
Ministro de Transportes, Enrique Cornejo, no quiere sancionar a los responsables aeroportuarios – CORPAC – que permitieron que estos elincuentes ingresaran armas y secuestraran la aeronave Cesna Gran Caravan el 10 de junio del 2010 en el aeródromo María Reiche de Nazca. 
 
 
Han pasado más de 5 meses y extrañamente la Junta de Infracciones y Sanciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Perú no inicia el procedimiento administrativo sancionador contra los que resulten responsables de la violación a la Ley de Seguridad de la Aviación del Perú, Ley Nº 28404 y su Reglamento y al Art. 14 de Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado mediante D.S. Nº 0050-2001-MTC respecto a las sanciones a que hubiere lugar por las omisiones al control de pasajeros y equipaje que originaron el secuestro aéreo y la desaparición y perdida de la aeronave Gran Caravan OB1922P valuada en más de 2 millones de dólares.
La DGAC del Perú no ha tenido en cuenta que de acuerdo al Art. 164 de la Ley de Aeronáutica Civil 27261 prescriben a los dos (02) años las acciones administrativas contra los infractores de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú 27261 y su reglamentación, y el plazo ha comenzado a correr desde el día del hecho, el 10 de junio de 2010, sin embargo varios meses después la DGAC se hace de la vista gorda y no somete a los que resulten responsables a la Junta de Infracciones y Sanciones, lo que es una mala señal para la seguridad jurídica que requiere la utilización y uso del espacio aéreo peruano, especialmente para los mercados internacionales de turismo que esperan señales positivas, correctivas, que en este caso no se están dando, ya que lo que se pretendería es que las omisiones aeroportuarias no se sancionen.
El ministro de transportes del Perú, Enrique Cornejo no habría tomado conocimiento que existen precedentes similares en donde si hubo sanción como la Resolución Directoral Nº 030-2007-MTC y la Resolución Directoral Nº 204-2007-MTC en donde la DGAC sometió a la Junta de Infracciones a los responsables de omisiones aeroportuarias como Corpac y Swissport y los sancionó, sin embargo parece ser que en este caso, se estaría protegiendo a los que resulten responsables, lo cual es grave para el gobierno, ya que los casos como los del ministro del Interior Fernando Barrios, le costaron la destitución inmediata y acá estamos hablando de un secuestro aéreo, que ha puesto en evidencia omisiones de los responsables de la administración del primer aeródromo turístico del país y frente a estos hechos graves la DGAC del MTC… no quiere sancionar, ni investigar, ¿por qué será??… 

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