Rios Castillo solo ha obtenido sentencia constitucional parcial en Primera Instancia

0
684

(Aeronoticias).- El Juez Titular del 5to. Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, doctor Raúl Rosales Mora, aclaró que la referida demanda de amparo planteada por el doctor Javier Ríos Castillo, fue admitida en Primera Instancia por mandato expreso del Tribunal Constitucional, ante un primer rechazo del Juzgado Constitucional y de la Corte Superior.

Ante las versiones periodísticas que señalan lo contrario, el Sr. Juez aclaró que el amparo planteado por Ríos Castillo contra el Congreso de la República y otros, fue acogido en su admisión por el Tribunal Constitucional, ordenando su trámite y sentencia.

Por ello, el Tribunal Constitucional remitió la causa a la Corte de Lima, ingresando al 5to Juzgado Constitucional mediante el sistema aleatorio de la Mesa de Partes. Por ello, el Sr. Juez tuvo que cumplir el mandato expreso de la máxima instancia, el TC, que dispuso la admisión, trámite y sentencia del Expediente de Ríos Castillo, señalando los parámetros de la referida admisión, ulterior tramitación y sentencia.

Se debe precisar que lo resuelto por el Sr. Juez Rosales, que solo acoge en parte la pretensión de Ríos Castillo, ha sido totalmente apelada con efecto suspensivo para su revisión de una Sala Civil de la Corte Superior de Lima. Asimismo, respecto a la medida cautelar, también se ha concedido apelación.

Por ello, la sentencia y medida cautelar del caso está en la decisión de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Cabe recordar que Ríos Castillo, junto con otros abogados, postuló a una de las tres vacantes para el Tribunal Constitucional en el 2007, luego de ser elegido y suscitarse un estándolo político en el Congreso de la República, que fue  de conocimiento público, circunstancia en que el abogado Ríos declinó a su elección – según su demanda – para que se le inicie una investigación Congresal sin obstáculos.

Rios Castillo solo ha obtenido sentencia constitucional parcial en Primera Instancia

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here