Caso Yahaira Plasencia: Acoso mediático y la perspectiva de los derechos humanos

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(Aeronoticias) Comienzo este artículo de opinión manifestando mi respeto absoluto a la libertad de expresión y de opinión. No hay democracia sin libertad y los medios de comunicación son esencia de todo  Estado de Derecho. Sin embargo, debo manifestar  mi profundo rechazo a todo  acto que denigra la dignidad humana  ya sea proveniente de una persona individual o de medios de comunicación.

El caso que nos ocupa para analizar, se ha convertido en un instrumento de acoso y hostigamiento por parte de algunos medios de comunicación, que no escatiman el daño que se le puede hacer a una persona con titulares o calificativos inapropiados sobre todo dirigidos a una mujer. Es lamentable haber visto en la  prensa escrita, televisiva y ahora en redes sociales como se juega abiertamente con la  dignidad  y  el derecho a la intimidad personal y familiar hasta el punto de convertir a una persona en  un medio; develando intimidades que se prestan a diversas interpretaciones pero,  sobre todo  al morbo.

Sin duda y siempre lo he sostenido, cuando una persona se considera como pública o está con una persona pública o ambos lo son (esposos, parejas, hnos., enamorados, socios, etc) deberían  aprender a manejarse en ese escenario, qué es lo que puedo reportar a la prensa  y hasta donde le permito que lleguen conmigo. Una sobreexposición de mi vida privada será suficiente para darle insumos a los medios de comunicación  o en redes sociales para crear titulares muchas veces tergiversados. El problema se complejiza  cuando se trata de una pareja pública y mediáticos.

En el presente caso, recuerdo que hubo muchos meses en lo que va del año  que la prensa le brindó una cobertura a la artista,  muy excesiva  y agotadora porque no había un día que no se hablase de ella. ¿Y siempre me preguntaba sí esto era algo normal?  En segundos,  la convirtieron en una artista como si tuviese una amplia trayectoria, cuando en realidad no lo tenía y comenzaba su carrera como solista. El éxito de una persona está condicionado a un trabajo gradual, a un despliegue de esfuerzos y sobre todo manejar la fama y el ego. Lamentablemente, se convirtió a una persona en un medio porque su presencia le representaba seguramente rating para diversos programas televisivos y prensa escrita.

Este caso  tiene varias aristas, pues de un lado  estamos reflexionando sobre la responsabilidad de la prensa y de otro lado, también el de que ninguna persona y más aún si son públicas deben sobreexponer su vida privada (conversaciones, fotos, videos).  Este caso como muchos que se suscitan a diario nos tiene que conllevar a una  toma de conciencia para cuidar nuestras libertades y derechos fundamentales.

Lo que no podemos  hacer  es develar una intimidad sin el consentimiento del otro y menos aún hacerlo público a través de un medio de comunicación. Y es que hoy en día resulta rentable para el rating,  publicar las intimidades de las personas que son públicas para ganar una audiencia,  “para facturar” como muchas  veces se ha hecho alusión en programas de espectáculos nacionales. Me pregunto entonces  ¿En donde queda el respeto por parte de los medios de comunicación de los derechos de las personas al honor, a la intimidad, privacidad personal y familiar?.

Los medios de comunicación tiene una responsabilidad muy importante en nuestra sociedad, su empoderamiento debería  ser enfocado con absoluto respeto de los derechos fundamentales de las personas. Una sociedad sin los medios de comunicación es una sociedad “muerta”.  Me pregunto ¿en qué momento se trastocó la visión y la responsabilidad social que corresponde a los medios de comunicación?.

No  se puede negar que en este caso en particular  ha despertado  un interés excesivo por saber mucho más de la vida privada de la artista al punto de traspasar los límites del respeto a la dignidad y a la privacidad; el ejercicio de nuestros derechos termina  cuando comienza el de los demás. ¿ O acaso debemos interpretar con todo lo sucedido que por el hecho de ser periodistas o un medio de comunicación televisivo, radial, escrito tienen el poder para avasallar los derechos de los demás?.

El ejercicio de nuestros derechos fundamentales se ejerce con responsabilidad, es decir, no voy a prevalecer la defensa de mi libertad de opinión, de expresión y de información trastocando otros derechos que son igualmente importantes en razón a la universalidad e interdependencia de los mismos.

Es muy lamentable haber escuchado las declaraciones de la artista a  través de la prensa televisa prácticamente haciendo  una rogatoria a los medios de comunicación a su derecho de paz y tranquilidad. No tendríamos porque haber llegado a ese extremo, nosotros no podemos suplicar o rogar la asistencia de un derecho que es inherente a nuestra naturaleza humana y reconocida  universalmente.

Las personas somos un fin no un medio. Con la dignidad de una persona no se puede “facturar”.  El artículo 1 de la Constitución claramente señala que “ la defensa de la persona humana y el respeto por su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado” concordado con el artículo “1” de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dice “ Todos los seres humanos nace libre e iguales en dignidad y derechos (..) “

Una presión mediática e irresponsable trae consecuencias fatales; recordemos el caso que conmocionó al mundo, me estoy refiriendo a Lady Di, quien murió precisamente debido a una persecución de la prensa. No se trata tan solo  de una  trasgresión a  la privacidad e intimidad sino de un concurso de derechos y libertades fundamentales, como por ejemplo el derecho a la salud y a la libertad de trabajo, porque en aplicación del caso concreto, ha sido de conocimiento público que la artista sufre  un cuadro de estrés agudo, no puede salir a las calles por temor a la burla,  ha cancelado contratos laborales porque estando con una salud emocional afectada no puede cumplir con sus presentaciones. Justamente este es el punto al que quiero arribar para explicar la interdependencia de nuestros derechos y libertades.

Pues si bien es cierto, que el  inmediato derecho afectado es el honor y la intimidad de la artista por las revelaciones que se han difundido a través de los medios de comunicación y al parecer sin su consentimiento, esto habría agudizado la afectación de otros derechos como es el caso de la salud y su derecho al trabajo, pues la artista declaró a la prensa televisiva  que incluso tiene las ventanas cerradas dentro de su propia casa, para evitar que  la “graben “ o la fotografíen” y, que tendría que salir a distintas horas del día y acompañada de sus familiares para siquiera tomar un poco de aire. Nuestros derechos son una unidad, es un todo, si afectamos un derecho repercute en otros más.

La interdependencia significa que nuestros derechos  son un eslabón y es en razón a ello que no se puede dividir. De modo, que  los jueces al momento de administrar justicia siempre deberán proyectar sus decisiones basándose en estos principios que fueron por así decirlos consagrados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993, principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad.

Del mismo modo, los medios de comunicación deberían proyectar su rol bajo este enfoque, por la  transversalidad de los derechos humanos. Más aún cuando la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, en su artículo  II inciso “a”  se señala como principio para la prestación de los servicios de radiodifusión, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad. Entonces, ¿por qué no se cumple?. Una  presión mediática e irresponsable puede hasta llevar a la muerte a una persona.

Sí creemos que al afectar la vida privada de una persona y su dignidad con el fin de tener titulares o rating, es ejercer la libertad de información, nos hemos equivocado y no es hacer tampoco democracia. Porque la democracia también es el ejercicio de nuestras libertades y derechos pero absoluto respeto de los demás, es decir, un ejercicio responsable.

Por Lesly Llatas Ramírez 
Ciudadana peruana, abogada y docente universitaria especializada en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 
Email: catedradddhh1073@gmail.com

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