Transporte turístico acuático, debe contar ahora con seguro de accidentes para pasajeros

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(Aeronoticias).- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha publicado un reglamento que obliga a los operadores de Transporte Turístico Acuático a contar con seguros vigentes de accidentes personales para sus pasajeros y tripulantes, así como seguro de responsabilidad civil frente a terceros.
 
El Reglamento de Transporte Turístico Acuático precisa que los seguros deberán tener cobertura por muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos de atención médica, entre otros.  Los seguros de responsabilidad civil frente a terceros deben tener cobertura por daños personales, materiales y contaminación, indica el decreto supremo del MTC publicado hoy.
 
 Transporte turístico acuático, debe contar ahora con seguro de accidentes para pasajeros
 
La Dirección de General de Transporte Aéreo (DGTA) fijará, mediante resolución directoral, los montos mínimos indemnizados de los seguros requeridos.
 
Los operadores que prestan servicios de transporte turístico acuático tendrán 60 días de plazo para adecuarse a los lineamientos del reglamento.
Los permisos de operación serán otorgados por la DGTA del MTC o la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de los gobiernos regionales, la primera será competente cuando el servicio de transporte turístico acuático se realice en el ámbito nacional o internacional.
Los permisos serán otorgados por cinco años, renovables por el mismo plazo, sea en caso de empresas que cuenten con nave propia o fletada.
Los permisos caducarán en caso de ocurrencia de fraude o falsedad en la documentación presentada, carencia de pólizas de seguro y en caso el administrado haya incumplido de dos veces a más, en un plazo de un año, las normas de seguridad establecidas. Fuente: Andina

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